Ciudadanos
extracomunitarios regularmente residentes que desempeñen con regularidad
actividades de trabajo subordinado o de trabajo autónomo o estén inscriptos en
las listas de empleo o posean el permiso de residencia otorgado por
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Ciudadanos
extracomunitarios regularmente residentes por motivos distintos a los indicados
anteriormente, pero que posean un permiso de residencia superior a tres meses y
estén inscriptos voluntariamente en el S.S.N. con pago de contribución.
Carnet del
seguro social con validez igual a la del permiso de residencia.
Acceso
permitido a todos los Servicios del S.S.N. con las mismas modalidades y
condiciones de los ciudadanos italianos.
Ciudadano
extracomunitario que solicita un permiso de residencia por asistencia médica
El traslado
para tratamiento en Italia está permitido en el ámbito de programas
humanitarios autorizados por el Ministerio de Salud en colaboración con el Ministerio
de los Asuntos Exteriores o en el ámbito de programas de intervención
humanitaria autorizados por la Región Véneto.
El
ciudadano extracomunitario que no está comprendido en estos programas, para
obtener la visa, debe presentar a su Embajada una declaración de la institución
italiana en la cual desea ser asistido, en la cual se debe indicar el tipo de
tratamiento, la fecha de inicio y la duración presumible de dicho tratamiento
terapéutico. El ciudadano extracomunitario debe,
además, certificar el depósito de una suma en concepto de caución, igual al 30%
del coste total presumible de las prestaciones sanitarias solicitadas.
Región Véneto – Dirección para la Prevención
CESTIM Verona
Ministerio de la Salud
Ministerio de los Asuntos Exteriores
Todos los
ciudadanos extracomunitarios que no estén en regla con la asistencia sanitaria.
Carnet del
seguro social con validez anual, válido únicamente para la asistencia sanitaria
preventiva y control de la maternidad y del embarazo.
Prestaciones
en dispensarios e internaciones relacionadas con intervenciones de control
habitual de la maternidad y embarazo.
Intervenciones
de prevención internacional.
Intervenciones
de prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades infecciosas y
eventual saneamiento de focos de infección, en particular TBC y MST.
Vacunaciones
previstas por la normativa regional vigente.
Intervenciones
dirigidas a controlar la salud del menor según lo previsto por la Convención
sobre los derechos del niño firmada el 20.11.1989 en Nueva York.
Internaciones
urgentes o vitales impostergables, incluso permanentes.
Dispensario
CESAIM - Via Golfino - abierto de lunes
a viernes por la tarde.
Distrito
Socio Sanitario n. 1 – Via Poloni
Verona – y Distrito Socio Sanitario n. 7 – San Bonifacio – para "Carnet
del seguro social".
Dispensario
del Departamento de prevención del Edificio de la Sanidad para radiografías del
tórax o exámenes de laboratorio.
Distrito
Socio Sanitario n. 1 – Via Poloni Verona – para prueba de tuberculosis,
vacunaciones y consultas a especialistas.
Consultorio
familiar, para curso de preparación para el parto, controles y IVG.
Reparticiones
y dispensarios USL y Hospital de Verona (Enfermedades infecciosas,
Pediatría, Neumología, Dermatología, Ginecología y Obstetricia).
Región Véneto – Dirección para la Prevención